RECOMENDACIONES

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1. PEDIATRIA:

Estando hospitalizado en urgencias un menor de edad, pida que sea revisado como por lo menos cada cuatro horas, incluso en un menor tiempo dependiendo de los problemas de salud que le aquejen, debe verificarse que se le esté suministrando un tratamiento al diagnóstico emitido por el profesional, quien deberá explicar a los cuidadores del menor sobre el diagnóstico, tratamiento impartido y por menores del mismo, así se podrá fiscalizar el buen o mal procedimiento que se esté brindando al paciente.

Recuerde que le ley otorga la posibilidad de una segunda opinión médica, tal como lo ha expresado la H. Corte Constitucional en link que se pone a disposición. http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2013/T-168-13.htm.

A los profesionales se les recomienda siempre hacer un exaustivo interrogatorio, buscando la mayor información conducente y pertienente para tener un diagnostico acertado, para después ordenar las ayudas diagnosticas pertinentes, con anotación en las historias clínicas, las cuales deben de ser detalladas buscando eliminar en mayor medida responsabilidades propias.

2. OBSTETRICIA

Buscando evitar posibles consecuencias por yerros médicos en esta área de la medicina, se recomienda ir a todos los controles que ordene la eps y pedirle a los médicos tratantes que hagan todos los apuntes importantes en la historia clínica, realizarse cada uno de los exámenes ordenados de manera oportuna. aunque resulte esto obvio, es de gran importancia tener la posibilidad de demostrar ante un estrado judicial que siempre el paciente conto con su auto cuidado, que el feto siempre estuvo en optimas condiciones, que nunca los médicos dieron alertas, que hasta el momento del parto todo parecía bien, y si posteriormente se presentan problemas, se demuestra un indicio de que en el momento el parto algo no salió conforme a como se hubiera presentado un parto normal.

Como en cada caso en particular, se le recomienda a cada médico tratante hacer unas anotaciones claras, que nunca se alejen de la realidad, que sean precisas, que demuestren que el procedimiento fue óptimo, conforme la lex artis.

3. PROCEDIMIENTOS ESTETICOS

Se recomienda al paciente hacer averiguaciones sobre la especialidad del médico tratante, yendo a la dirección seccional de salud departamental, secretaria de salud, contactando a la sociedad Colombiana de la rama estética (http://cirugiaplastica.org.co/) buscando información certera de tal médico, pues podría presentarse el caso de ser intervendo por alguien que no tenga la experticia y el conocimiento adecuado, actuando por exceso de confianza y trayendo consecuencias nefastas para la salud y la vida.

Solicite que le hagan una explicación detallada de las posibles consecuencias a causa de este tipo de procedimientos, para decidir o no seguir adelante con el proceso. Esto se llama consentimiento informado que se trata precisamente de que al paciente debe de informársele todas aquellas posibles consecuencias que tenga el procedimiento a impartírsele, la información podrá darse a través de guias escritas, videos y cualquier otro medio eficaz demostrable.

Si a Usted le dieron publicidad escrita sobre como luciría después del procedimiento estético, guárdelo, porque en el caso de inconformidad servirá de prueba.

Antes de emprender el procedimieto pida copia de la publicidad y del contrato de prestación de servicios médicos, donde debe quedar claro que tipo de procedimiento se va a realizar, entre más claro mejor, porque el medico se obliga a que el paciente quede de una determinada manera, si incumple, debe de responder ante un caso de responsabilidad civil contractual.

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